¿Cómo recuperar los gastos de formalización de tu Hipoteca?

El Tribunal Supremo, mediante la Sentencia 705/2015 de 23 de diciembre, abre la veda a iniciar una nueva reclamación a nuestro banco, al declarar como ABUSIVAS las cláusulas por las que algunos bancos, imponían al cliente la obligación de asumir TODOS LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE LA HIPOTECA, a pesar que son las Entidades Bancarias las interesadas en la formalización y registro de la hipoteca.

Esto es así, porque la nulidad declarada por el Tribunal Supremo, lo es en base a la falta de concreción en el propio contrato de préstamo, de los gastos, comisiones y tributos, quedando establecidos de manera genérica.

¿Qué gastos se pueden reclamar?

1.- Facturas de Notaría y Registro de la Propiedad únicamente respecto a la Hipoteca. Con respecto a esto, declara el Tribunal Supremo que dichos gastos atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho, siendo el que tiene el interés principal, el prestamista (Banco).

Al no permitirse una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos como consecuencia de la intervención notarial y registral, haciendo recaer su totalidad sobre el deudor, se genera un desequilibrio al consumidor, por lo que la cláusula es abusiva.

2.- Gastos de Gestoría por la tramitación de dicha escritura de préstamo.

3.- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Sostiene el Tribunal Supremo que el obligado al pago de dicho impuesto, tanto en lo que se refiere a su cuota fija –timbre del papel notarial-, como en su cuota gradual, es precisamente el Banco y no el prestatario o deudor hipotecario; por lo que es un tributo a incluir en la reclamación.

¿Cómo hay que actuar?

El primer paso es acudir al defensor del cliente de la entidad bancaria correspondiente mediante la negociación extrajudicial, antes de optar por la vía judicial.

Transcurridos dos meses desde dicha reclamación sin respuesta, o habiendo recibido una espuesta negativa, se deberá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial solicitando la nulidad de la cláusula por abusiva, y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, incluyendo en este caso los intereses generados y las costas procesales. Por el tipo de procedimiento que se ha de interponer, será necesaria la intervención de Abogado y Procurador.

¿Qué PLAZO hay para solicitar la nulidad de la cláusula y reclamar la restitución de las cantidades pagadas?

  • Hipotecas todavía vigentes: cuatro años desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo, es decir, dicho plazo finalizará el 24 de diciembre de 2019.

 

  • Hipotecas totalmente abonadas, se podrá proceder a la reclamación sólo si su pago se hizo con posterioridad al 23 de Diciembre de 2011 (dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de Diciembre de 2015)

¿Qué me va a costar todo el trámite?

. Las consultas son gratuitas. Abogados Torrevieja estudiará su caso gratuitamente antes de efectuar la reclamación

. El inicio del trámite, que incluye la reclamación extrajudicial y judicial, tiene un coste de 200€ para cubrir todos los gastos del proceso: poder notarial, procurador, etc.

. Si tras la reclamación extrajudicial y sin necesidad de acudir al juzgado, se alcanza un acuerdo con el Banco, este Despacho cobrará un 15% de lo que el cliente obtenga.

.- Si acudiéramos al juzgado podrían ocurrir tres situaciones:

  • Que el Juzgado estimara la demanda y condenara al Banco a pagar las cantidades que se reclaman y todas las costas procesales; el cliente percibirá la TOTALIDAD del importe SIN PORCENTAJE sobre el capital para este despacho.

 

  • Que el Juzgado estimara la demanda pero mantuviera que ambas partes corrieran con sus propios gastos del proceso; en este caso, el cliente percibirá la totalidad del importe al que haya salido condenado el banco debiendo abonar a este despacho el 15% de la cantidad obtenida.

 

  • Que el Juzgado desestimara nuestra reclamación, en cuyo caso el cliente no tendría que abonar honorarios de letrado y procurador, siendo suficiente con el pago inicial para cubrir todos los gastos.

No dude en informarse correctamente de los pasos que debe seguir, porque su dinero no es del banco.